La cervicalgia o latigazo cervical, es la lesión que con más frecuencia se produce en los accidentes de tráfico, es la típica lesión en los golpes por alcance, lo que coloquialmente se conoce como “un golpe por detrás”, y es por lo tanto la lesión por accidente de tráfico que más se reclama, al conllevar indemnización.
La indemnización a reclamar por la cervicalgia postraumática depende del tratamiento que precise la lesión, no es lo mismo que solo sea necesario un tratamiento con medicamentos, que una cervicalgia que requiera además del tratamiento farmacológico, sesiones de rehabilitación, todo esto, en cuanto a la incapacidad temporal (tiempo de recuperación de la lesión), ya que cuanto mayor es el tiempo que se tarda en la recuperación, mayor será la indemnización.
Además de la indemnización por los días que tarda la lesión en curarse o estabilizarse, se deberá indemnizar al lesionado en mayor cuantía, cuando al final del tratamiento, se le da el alta con secuelas, o lo que es lo mismo, cuando se ha agotado todo tratamiento encaminado a curar la lesión, y se le da el alta sin haber conseguido su curación total.
Las secuelas más frecuentes en las cervicalgias por accidentes de tráfico son, por ejemplo, que tras el alta se siga con dolor, o con limitación de movilidad.
Hay que tener en cuenta que, para poder reclamar la indemnización por el accidente, en la que se ha diagnosticado cervicalgia, es necesario que no se rompa el nexo causal.
¿Qué es el nexo causal?
Es la relación que existe entre el accidente y la lesión, en este caso, el dolor en la zona del cuello (cervicalgia) con el accidente sufrido.
En estos casos, nos encontramos ante lesiones, que en el momento del accidente pueden no dar síntomas, es decir, no se siente dolor en la zona, pero con el paso de las horas, una vez se va enfriando la lesión, aparecen las molestias.
Para que la compañía de seguros, a la que se va a reclamar la indemnización por el accidente, no pueda alegar que se haya roto el nexo causal, y por lo tanto no poder reclamar por la lesión sufrida, es necesario acudir a un servicio de urgencias, ya sea de un ambulatorio o de un hospital, dentro de las 72 horas siguientes al accidente, de lo contrario la compañía de seguros alegará que la lesión, no tiene relación con el accidente, y será muy difícil obtener la indemnización.
Todo lo anteriormente indicado también es de aplicación, cuando tras el accidente de tráfico, se sufre lesión en la zona lumbar (lumbalgia) o en la zona dorsal (dorsalgia), aunque es frecuente que estas dos lesiones se den de forma conjunta con la cervicalgia y no tanto de forma separada.
Otro factor importante, en este tipo de lesiones y que utilizan las compañías de seguros responsables de los accidentes, para no pagar indemnización, es la intensidad del golpe en el accidente, es común que las aseguradoras, defiendan que los golpes de baja intensidad, en los que no se han producido daños importantes en los vehículos, no pueden causar lesiones como la cervicalgia, lumbalgia o dorsalgia.
Sin embargo, este criterio de intensidad, como le llaman las aseguradoras, no conlleva que no deban indemnizar al lesionado y se debe analizar cada caso en concreto, ya que hay factores a tener en cuenta en estos accidentes, sin daños aparentes en los vehículos, pero potencialmente lesivos, como son: el vector de dirección en que el coche fue golpeado, la posición de la cabeza y del cuerpo en el momento de recibir el impacto, el tipo de asiento, la envergadura del ocupante, el estado de tensión de los músculos estabilizadores del cuello, la posición relativa de las articulaciones en el momento del accidente, el estado de preparación del sujeto cuando recibe el impacto, entre otras.
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