A través de este artículo, te mostraremos si tienes derecho a indemnización, si has sufrido un atropello cuando vas montando en bicicleta, como reclamar al seguro por las lesiones sufridas e incluso por los daños que presente tanto la bicicleta, como los demás complementos.
En estos casos, como sucede en cualquier accidente de tráfico, es necesario acreditar lo sucedido, para poder reclamar la indemnización al seguro.
Por ello, si has sufrido un atropello yendo en bici, conviene avisar a la policía y que levante atestado de lo sucedido, ya que, en el mismo, constarán los datos del vehículo implicado y los posibles testigos que han presenciado el accidente.
Si no interviniera la policía tras el atropello del ciclista, es necesario que el conductor del vehículo, de parte a su seguro reconociendo la responsabilidad del accidente.
Es muy importante conocer los datos del vehículo implicado, y también los de los posibles testigos del atropello, todo ello, ya que son los encargados de corroborar como sucedió el accidente, si se negara responsabilidad por parte del conductor del vehículo implicado.
Hay que tener en cuenta que, si se es asistido por una ambulancia en el lugar de los hechos, se debe pedir el parte de primera asistencia.
En estos casos, el ciclista reclamará la correspondiente indemnización por atropello, al vehículo implicado, y su seguro deberá asumir el pago tanto de las lesiones y secuelas, como los daños materiales que sufra el ciclista atropellado.
Para reclamar los daños materiales, es necesario, hacer fotografías de los artículos dañados, y tener la factura de compra o en su defecto, una factura proforma, o lo que es lo mismo un presupuesto del valor nuevo del artículo dañado.
Si el objeto dañado fuera reparable, se deberá obtener un presupuesto de reparación, y en este caso la compañía de seguros abonará el valor de la reparación.
Si no fuera reparable, la reclamación se hará por el valor de nuevo de ese objeto, aunque ya te adelantamos que la compañía querrá aplicar una depreciación, dependiendo de la antigüedad de este.
Para la cuantificación de las lesiones y secuelas, existe lo que se conoce como el baremo de tráfico, y en su última actualización de la Dirección General de Seguros y Fondos de Pensiones del Ministerio de Economía y Empresa, de fecha de 20 de marzo de 2019, se ha producido una subida del 1,60%, tomando como base el índice de revalorización de las pensiones
Por ejemplo, después de aplicar esta subida las indemnizaciones por lesiones temporales quedan de este modo:
Día de perjuicio muy grave = 103,48€
Día de perjuicio grave = 77,61€
Día de perjuicio moderado = 53,81€
Día de perjuicio básico = 31,05€
En cuanto a las secuelas derivadas del accidente, la cuantificación depende de la edad del lesionado, por lo tanto, habrá que atender a las circunstancias personales del lesionado en cada caso.
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